Cerca de 3,5 millones de personas en Colombia deben presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2019.
Para facilitar el proceso durante la coyuntura causada por el coronavirus, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), dispuso las siguientes herramientas que se encuentran en el sitio web oficial de la entidad, para que puedan realizar la declaración de renta al mismo tiempo que cumplen con el aislamiento.
- Hazlo tú mismo, Renta Personas Naturales 2019: es un paso a paso explicativo para que de manera guiada pueda consultar y verificar su condición, recibiendo información detallada acerca del diligenciamiento, presentación y pago de la declaración de renta. Es una forma práctica de aprender de forma fácil, todo lo relacionado con esta obligación, siguiendo una ruta clara para el cumplimiento oportuno de este deber.
- Programa Ayuda Renta: es una herramienta de propiedad de la Dian, pero con distribución gratuita y diseñada para que sea más ágil y sencillo diligenciar el Formulario 210, “Declaración de Renta y Complementario Personas Naturales y Asimiladas de Residentes y Sucesiones Ilíquidas de Causantes Residentes”. Está dirigido a empleados, profesionales y trabajadores independientes, así como a rentistas de capital y pensionados, entre otros, que están obligados a presentar la declaración de renta y complementario de ganancias ocasionales. A continuación conozca cómo usar el programa.
- Ingrese a www.dian.gov.co
- Despliegue el menú “Transaccional” y elija la opción “Prevalidadores”.
- Elabora un borrador de Declaración de Renta.
- Cuando esté listo y sin dudas, diligencie el Formulario 210 definitivo.
Declaración de forma virtual
Aunque se puede hacer de forma presencial, se facilita la opción de realizarla por medio de la web pensando en la menor exposición de las personas al coronavirus. Cuando tenga la información clara después de usar las herramientas habilitadas por la Dian y mencionadas anteriormente, lo primero que se debe tener en cuenta es que hay que contar con una firma electrónica de la siguiente forma:
- Ingrese a www.dian.gov.co
- Despliegue el menú “Transaccional” y elija la opción “Usuario Registrado”.
- Suministre nombre Propio, tipo de documento, número de documento y contraseña.
- Ingrese a “Mis actividades” y seleccione el botón “Generar Firma Electrónica”.
Ahora que ya tiene registrada la firma electrónica, debe continuar con los siguientes pasos:
- Ingrese a www.dian.gov.co
- Despliegue el menú “Transaccional” y elija la opción “Usuario Registrado”, en donde deberá digitar su número de identificación y contraseña. Siga los pasos con las herramientas habilitadas por la Dian.
Tenga en cuenta que al presentar la declaración de manera virtual con un saldo para pagar, debe generar el formulario 490 “Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales” con los valores a cargo del impuesto. En ese caso puede hacer el pago electrónico.
Si después de conocer las anteriores opciones, definitivamente decide que no quiere hacer el pago desde casa y por medios virtuales, debe imprimir dos copias del formulario 490 y llevarlos a la entidad recaudadora o banco autorizado para hacer el pago de forma física.
¿Debes hacer declaración de renta?
La Dian aclara que debe cumplir con esta obligación si usted es una persona natural residente y cumplió con mínimo alguna de las siguientes seis (6) condiciones:
- Si obtuvo un patrimonio bruto superior a 154.215.000 pesos a 31 de diciembre de 2019.
- Si sus ingresos brutos son iguales o superiores a 47.978.000 pesos durante el año 2019.
- Si realizó consumos con tarjeta de crédito superiores a 47.978.000 pesos durante el año 2019.
- Si hizo compras y consumos totales superiores a 47.978.000 pesos durante el año 2019.
- Si realizó consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 47.978.000 durante el año 2019.
- Si era responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) al cierre del año gravable 2019.
No olvidar que el calendario para la declaración de renta va desde el 11 de agosto al 21 de octubre de 2020. Las fechas límite, con base en los últimos dígitos del documento de identidad, se puede consultar en la web oficial de la Dian.