Hace mucho tiempo en un contrato laboral muy, muy lejano, los trabajadores disfrutaban de beneficios de ley tales como primas de servicios, cesantías, intereses sobre cesantías, horas extra y vacaciones pagas.
Pero eso ya es historia galáctica antigua, por lo cual debemos mirar a las condiciones de los contratos y los puestos en el presente para ajustarnos a lo que tenemos entre manos y sacarle el mejor partido a nuestro empleo.
En la actualidad en Colombia vivimos una época en que se vive un deterioro de la calidad del empleo con respecto a los años anteriores que han abierto la puerta a modelos de contrato más flexibles pero a su vez percibidos como más informales. Es por ello que antes veíamos en el número uno a los contratos a término indefinido, mientras que ahora el crecimiento de las vinculaciones temporales ha ocupado ese lugar.
Somos un país de incertidumbre laboral, pero no por eso significa que no podamos aprovechar la oportunidad de usar todas las herramientas que un contrato de prestación de servicios nos ofrece.
La primera y mas importante en este caso es la flexibilidad laboral. Esta se determina del hecho que como no estamos subordinados a una persona, sino a un proyecto o labor y no tenemos que responder por horarios fijos, podemos administrar nuestro tiempo para tener más de un contrato a la vez.
Tener más de un contrato por prestación de servicios no es sólo un emprendimiento sino una necesidad, ya que en promedio un trabajador con esta modalidad debe recibir una remuneración 60% mayor que la de su contraparte por contrato laboral para percibir un salario igual al final del mes.
Asi mismo, al buscar empleo debemos alejarnos de aquellos que se ofrecen en modalidad de prestación de servicios, pero claramente tiene elementos de subordinación, remuneración y prestación personal del servicio. Aquellos con estas características no permiten el espacio, ni la flexibilidad necesarias para que tengamos una segunda carga laboral, ni tampoco dejan que manejemos proyectos a nuestro gusto.
Estos tres elementos mencionados implican que hay una relación contractual directa y en estos casos debe solicitarse revisión al Ministerio de Trabajo, pues en ese caso la vinculación debe hacerse por otra modalidad. No es que no existan los trabajos con contrato a término indefinido o por temporalidad, sólo que estos no conforman el grueso de los empleos ofrecidos en el mercado laboral actual.
Aunque podemos decir que todo tiempo pasado fue mejor, lo que queda por hacer es adaptarse a la forma como se manejan los empleos actualmente y ganar en su propio campo, con sus propias reglas, usando los beneficios que actualmente nos brindan en lugar de quejarnos de aquellos que ya no existen por vía legal.