Esta modalidad vanguardista de trabajo ha sido la solución para que las empresas continúen con sus operaciones y se minimicen los despidos.
La aparición del coronavirus en la mayor parte del mundo, ha hecho que en países como Colombia las empresas avancen en un tema que tenían postergado, el teletrabajo; sin embargo, también se ha demostrado que hay falencias que necesitan ser superadas.
Según un estudio de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, los principales reparos que tienen los trabajadores que realizan sus labores bajo la modalidad de teletrabajo y que las empresas deben tener en cuenta en sus planes laborales, es que deben ser profesores de sus hijos y hacer tareas domésticas al mismo tiempo, se extienden los horarios laborales y no se cuenta generalmente con comunicación, condiciones, ni equipos adecuados para trabajar en casa.
Para minimizar los anteriores factores, Teresa Morales, directora de Soluciones HCM Softland, recomienda implementar lo siguiente:
1. Estrategia: Tener un plan claro y conciso que resuelva las preguntas del por qué y para qué, cuál es el objetivo del teletrabajo.
- Mapa de puestos de trabajo.
- Objetivos por puestos.
- Métricas o indicadores de medición.
- Clasificación de los puestos de trabajo e identificando los roles que pueden realizarse de forma remota.
- Barreras, responsabilidad, compromiso.
- Plan de contingencia.
2. Metodología: cómo y cuándo lo vamos a hacer posible
- Plan de acción o cronograma.
3. Herramientas: son los elementos que nos ayudan a materializar las actividades definidas.
- Software y hardware.
- Red y conexiones.
- Herramientas colaborativas.
4. Tecnología: ecosistemas tecnológicos que ponemos al servicio tanto del negocio como de las personas para llevar a cabo los objetivos propuestos de forma ágil, sencilla y rápida.
En cuanto a la armonización de la vida laboral, con la vida familiar y personal, el Ministerio del Trabajo, en la Circular 041 del 2 de junio de 2020, informa que se deben tener en cuenta las siguientes normas para la implementación del teletrabajo:
- El empleador no puede asignar cargas de trabajo diferentes a las que corresponden dentro de la jornada laboral, de tal manera que no interfiera los espacios personales y familiares del trabajador.
- Se respetarán los días de trabajo pactados, por lo que se deben evitar solicitudes en fines de semana y días de descanso.
- Los correos electrónicos y mensajes de WhatsApp serán atendidos de manera prioritaria durante la jornada laboral, respetando sus espacios personales y de descanso.
Por otra parte, también especifican lineamientos que ayudarán a empleadores y trabajadores a mejorar las relaciones laborales, aún bajo la modalidad de teletrabajo:
- Los empleados realizarán sus actividades de manera similar a su función habitual, salvo que por mutuo acuerdo con el empleador se pacten funciones diferentes.
- No puede haber disminuciones salariales por la realización de la labor en casa o de manera remota.
- Las funciones del trabajador deben permitirle el descanso para recuperar fuerzas y compartir con su núcleo familiar.
- Los empleadores deben garantizar a los trabajadores la dignidad humana, igualdad en acceso a la información y derecho a la intimidad y privacidad.
- Los empleadores deben evitar solicitudes por fuera del horario laboral del contrato de trabajo. No obstante, pueden presentarse contingencias que ameriten la atención del trabajador por fuera de su horario, sin que dicha circunstancia sea considerada como acoso laboral, siempre que sean excepcionales y necesarias.
- Las trabajadoras mantienen los lapsos de lactancia estipulados en el artículo 238 del CST.
- Seguirá vigente el procedimiento disciplinario conocido por el empleador y el trabajador.