Que siempre se haga así no implica que esté en tu contrato

Fuente: HuffPost

Compártelo en:

Los diferentes tipos de contrato que hay en el país nos ofrecen un sistema laboral flexible que puede beneficiar tanto a trabajadores como a empleados, pero el problema se presenta cuando por tradición un empleador exige condiciones que están estipuladas para otro tipo de contratación que no ha sido la que hemos firmado.

Un trabajador no tiene que aguantar situaciones que no han sido previamente especificadas dentro de su su contrato laboral, y mucho menos cuando estas corresponden a otro tipo de vinculación laboral.

Veamos algunos de los casos más comunes que ocurren y en los cuales el trabajador no se da cuenta que debe exigir un cambio:

Entrada y salida

Cuando se está bajo un contrato de prestación de servicios la figura de horario laboral no esta definida, el trabajador debe cumplir con ciertos criterios, pero entre ellos no está la llegada a un lugar físico ni una entrada y salida determinadas.

Esto se debe a que la limitante del contrato de servicios es el desarrollo del objeto contratado, por lo cual tampoco existen mínimos y máximos de horas laboradas al día.

De darse una situación en que exista horario de trabajo situación se debe acudir al Ministerio de Trabajo y demostrando que hay vinculación mediante horario, se hace el paso de contrato de servicios a contrato de trabajo

¿Mi jefe?

El contrato de prestación de servicios contempla como único objetivo el desarrollo del objeto contratado, por lo cual no hay subordinación directa a un empleador, mas si reuniones, entregas parciales y totales para verificar como va el proceso.

En contrato de servicios el que vendría siendo tu jefe es tu cliente, el no te dice que hacer solo te da un objetivo y tu le entregas ese objetivo, su interacción es mínima y el no puede decirte nada con respecto a como haces tu trabajo mientras que entregues tus proyectos a tiempo.

El horario laboral extendido

No es obligatorio quedarse después de la hora de trabajo para una persona que se encuentra mediante contrato laboral, esto es más un favor que le hace a su empleador. Miremos en nuestro contrato laboral cuantas horas semanales debemos trabajar y miremos si estamos cumpliendo con los números o nos estamos pasando.

Usualmente los empleadores colocan un número mayor de horas laborales dentro de los contratos que las que se realizan para tener un margen de error por si alguna vez hay que trabajar demás.

Recordemos en un desacuerdo sobre lo pactado en el contrato no importa lo acordado por las partes si la realidad de la situación muestra que hay una relación laboral con subordinación así será considerado por la ley.

Manuel Pinto: